La iniciativa está contenida en el proyecto de ley que crearía esa dirección, aprobada en primera lectura en el Senado
El proyecto de ley,
aprobado en primera lectura la semana pasada en el Senado, que crea la
Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y que sustituirá el Departamento
Nacional de Investigaciones (que utiliza las mismas siglas), contempla
modificar la ley No. 155-17 para incluir a su director nacional como miembro
del Comité Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
(LAFT).
De esa forma, al modificar
el artículo 90, de la referida ley, el Comité Nacional contra el Lavado de
Activos y Financiamiento del Terrorismo estará conformado, además, del director
Nacional de Inteligencia, por los ministros de Hacienda y de Defensa, el Procurador
General de la República, los presidentes del Consejo Nacional de Drogas y de la
Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).
Además, por los
superintendentes de Bancos y de Valores.
Los cambios están
consignados en el artículo 33 del proyecto de ley aprobado el pasado jueves en
el Senado.
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EL Comité Nacional contra
el Lavado de Activos tiene entre sus funciones elaborar y coordinar la
ejecución de la estrategia nacional de prevención, control y combate de lavado
de activos y financiamiento de terrorismo. También, establecer la metodología
para identificar, evaluar, supervisar o monitorear, administrar y mitigar los
riesgos inherentes a esas actividades, entre otros.
De aprobarse la ley, en
segunda lectura en el Senado y en dos lecturas en la Cámara de Diputados, la
nueva Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) estará dirigida por un director
general que será designado por el presidente de la República y estará bajo su
dependencia.
En ese sentido la pieza
busca derogar la Ley 857 de 1978 que dispone que el Departamento Nacional de
Investigaciones estará bajo la dependencia de las Fuerzas Armadas, de acuerdo a
lo que establece el artículo 35 del proyecto de ley.
La nueva DNI será el órgano
rector del Sistema Nacional de Inteligencia, el cual estará conformado por
todos los organismos y órganos, independientes entre si y funcionalmente
coordinados, que dirigen y ejecutan actividades de inteligencia y de
contrainteligencia para la seguridad nacional.
Se trata de las unidades
militares J2, M2, G2 y A2; la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional
(Dintel); el Centro de Información y Coordinación Conjunta (CICC) de la DNCD,
la Unidad de Lavados de Activos (UAF) y los organismos del Estado que por la
información que manejen o capacidades técnicas, puedan contribuir con el
Sistema Nacional de Inteligencia.
El objetivo de la nueva
DNI, como órgano centralizado del Estado, será el de proteger la seguridad
nacional.
Contará dos subdirecciones,
la de Inteligencia y la Administrativa, así como también tendrá dos
contralores; uno general y otro financiero.
No podrán ser miembros de
la nueva DNI, según el párrafo II del artículo 19, personas de otras
nacionalidades y tampoco quienes tengan antecedentes penales o subjudice.
Además, los funcionarios y
el personal de servicio de esa dirección no podrán participar en actividades
políticas, manifestaciones y cualquier otra índole de reivindicación de manera
colectiva o individual.
Centro de entrenamiento
La iniciativa legislativa
contempla que la nueva DNI pueda crear un Centro de Entrenamiento en
Inteligencia con la finalidad de propiciar la educación y entrenamiento
necesario para el personal que labore en la inteligencia y contrainteligencia.
Sanciones
Por otro lado, de acuerdo
a la redacción alterna al proyecto de ley que regula la Dirección Nacional de
Inteligencia, sometido por el Poder Ejecutivo, en el artículo 26, establece que
la negación a entregar informaciones requeridas por esa entidad, que estén en
manos de terceros, serán sancionadas con prisión correccional de seis meses a
dos años y una multa de cien a 150 salarios mínimos del sector público.
El artículo 27 establece
que quien utilice documentos de identificación o usurpe funciones de la DNI
será sancionado con dos a tres años de prisión menor y a una multa de nueve a
15 salarios mínimos del sector público.
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