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martes, 23 de marzo de 2021

La batalla del aborto en la legislación de la República Dominicana

Noticias SC     7:34  No comments

Por David R. Lorenzo

 

La vida del embrión o feto dentro del vientre de la mujer está jurídicamente protegida en la República Dominicana por diferentes leyes, por lo que antes de aprobar el aborto habría que abrogarlas, modificarlas o revocarlas, porque de lo contrario sería un acto  ilegal e inconstitucional.

 

Pero, cuando los hechos son dominados por la pasión, la razón es la primera víctima. Así que a una parte  de la población, no le importará si su aprobación es ilícita, ni cuantas leyes la prohíban, o si es un acto de barbarie.

 

En el 2009 y 2010 se inició el primer gran debate sobre  si se incluía o no  el aborto  en lo que sería la nueva Constitución dominicana. Luego de meses de discusiones, finalmente, el legislador lo rechazó. La Carta Magna  fue promulgada el 26 de enero del 2010  e incluyó el artículo 37, que dice: “Derecho a la vida. El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.

 

Pero, aunque a mi entender ese artículo luce claro, y representa el espíritu del legislador de la época de rechazar  el aborto, para los abanderados de esa práctica, dice lo contrario. Y no importa que se lo pongan en negritas, en letras gigantes o en luces de neón, lo leerán, no como dice, sino como quieren que diga.

 

Pero, a parte de la Constitución, también está la Convención Americana de Derechos Humanos  o Pacto de San José, suscrita y ratificada por la República Dominicana en 1978, que habría que revocarla, según el procedimiento de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados,  para poder aprobar la inclusión del aborto en el nuevo Código Penal.

 

El Artículo 4, numeral 1 de dicho tratado dice: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”.

 

De acuerdo a ese artículo, y el 37 de la Constitución, la República Dominicana está o deberá estar obligada a proteger la vida humana desde el momento de su concepción, es decir, desde su primer instante. Por tanto, no se debería legislar para establecer el aborto, al menos que no sean abrogados.

 

La realidad y la absurda realidad

 

Pese a que mi entender, existen textos legales claros que imposibilitan la  inclusión del aborto en el nuevo Código Penal dominicano que se pretende aprobar, muchos juristas, favorecen la inclusión de las tres causales de eximente de responsabilidad por la interrupción voluntaria del embarazo.

 

El caso más reciente fue el de un grupo de abogados contratados por el Poder Ejecutivo que rindió un  largo informe de 78 páginas para justificar el aborto, alegando que el mismo “constituye una medida constitucionalmente válida” debido a que protege los derechos fundamentales de las mujeres. Con todo el respeto, a mi me pareció  la afirmación jurídica más absurda que haya leído en mi vida.

 

Pero, en este mundo de lo absurdo,  instituciones dominicanas como la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) y las planetarias que lucha por la vida y los derechos humanos como la Organización Mundial de la Salud, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Human Rights Watch y el Comité de la ONU contra la Tortura, entre otras, se han sumado al coro de que el aborto debe ser permitido.

 

Dicen que permitirlo es un derecho humano de la mujer,  y prohibirlo y castigarlo, una acto de tortura para ella, y no un asesinato contra el feto. No hay duda que este mundo está loco.

 

La lucha por el aborto también abarca un debate dialéctico

 

Pero, lo absurdo abarca también una  batalla en el campo del léxico que se emplea para ganar adeptos. Por ejemplo, el Presidente Luis Abinader, quien siguiendo los pasos de su antecesor, Danilo Medina, es el principal abanderado del aborto del gobierno, pero dice que no, que es pro vida en defensa de la mujer.

 

La directora de Ética e Integridad Gubernamental, Milagros Ortiz Bosch, también, se involucró en esa incongruencia, al afirmar que Abinader  es “provida”. Los alborotadores que luchan a favor del aborto, también dicen que son pro vida.

 

Entonces, en el campo del aborto, también se libra una guerra dialéctica, porque los que están con las tres causales, no quieren que los asocien con los vocablos muertes, asesinatos o crueldad, sino que también, se han apropiado de la palabra vida, como lo hacen los antiabortistas.

 

Así que en este mundo de lo irracional, todos dicen que son pro vidas, y lo peor del caso es que se lo creen. Si alguien les dice lo contrario, se ofenden.

 

La vida es un derecho fundamental y el más fundamental de los derechos

 

Habiéndose establecido legalmente el surgimiento de la vida humana al momento de la concepción, a ella se  le debe dar el mismo valor y dignidad en todas las etapas del desarrollo, pero mucho más si está en su etapa uterina.

 

La Constitución dominicana inicia con su artículo 37, la lista de derechos y deberes  fundamentales,  por lo que la vida, no sólo es el primer derecho fundamental, sino el más fundamental de los derechos fundamentales.


El aborto y el feticidio: la pena de muerte del no nacido convertida en un derecho de la mujer


Para algunos el aborto y el feticidio son dos figuras jurídicas distintas, pero, para otros es una sola. Por eso hay quienes consideran el aborto como la finalización prematura del embarazo de forma natural o voluntaria antes del que el feto pueda sobrevivir fuera del útero, y el feticidio la acción y efecto de dar muerte a un feto.

 

Otros entienden que cuando el aborto no se produce  de forma natural, sino por la voluntad de alguien, principalmente de la madre, es lo mismo que el feticidio, ya que ambas constituyen una muerte dolosa, porque  el objetivo  no es otro más que atentar contra la vida en gestación para evitar su nacimiento.

 

El aborto y el feticidio  interrumpen el embarazo, que es el proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio, produciendo  la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.

 

Es por eso, que algunos juristas consideran que el aborto es un crimen gravísimo contra el ser humano, en su peor estado de indefensión.

 

En cambio, los contrarios a esa teoría sostienen que la interrupción voluntaria del embarazo consentida por la madre, por las tres causales que levantan,  no es un delito sino una conducta que  se le debe permitir a  la mujer, porque lo consideran un derecho humano.

 

El útero, el lugar más inseguro para un ser vivo

 

Así las cosas, un violador o un asesino en series encontrarán en este mundo leyes que los defiendan y protejan. Hasta un árbol que lo talen, hallará personas que se apiaden de él, pero con un no nacido es diferente, porque que su desmembramiento se convierte en júbilo para millones de personas. Entonces, el problema está en el útero, que se ha convertido en el lugar más inseguro para la vida humana, en este mundo de hoy, donde  lo absurdo prevalece en la mente de una gran parte de las mentes de los hombres y mujeres de este mundo.


Posdata: el autor es periodista, abogado dominicano

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