Republica Dominicana.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), a propósito de conmemorarse este 3 de diciembre el Día Nacional e Internacional de las Personas con Discapacidad, resalta las resoluciones emitidas a favor de este sector de la sociedad.
“La
discapacidad es una condición priorizada en la Ley 87-01 que crea el Sistema
Dominicano de Seguridad Social, por ende, el Consejo como órgano rector del
Sistema siempre ha procurado ofrecer protección a dicha población, así lo
evidencian sus resoluciones”, expresó el gerente general del CNSS, Félix
Aracena Vargas.
El
funcionario detalló que la protección del Sistema a la discapacidad está
enmarcada entre los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS), que incluyen
el Plan de Servicios de Salud (PDSS) y subsidios económicos en los casos de
discapacidad temporal de origen no laboral.
Aracena
Vargas, recordó que cubre asimismo subsidios por discapacidad temporal,
indemnizaciones y pensión por discapacidad permanente a través del Seguro de
Riesgos Laborales. Y pensión por discapacidad de origen no laboral a través del
Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.
Dijo
que el Consejo ha establecido medidas a favor de las personas con discapacidad,
entre las cuales está la resolución No.212-02 que aprobó la inclusión de forma
directa a los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen
Subsidiado a las personas de bajos ingresos con discapacidad.
“Esta
medida permite que personas con discapacidad puedan acceder de forma inmediata
a los servicios a través de la afiliación al Seguro Nacional de Salud (SENASA),
sin necesidad de esperar las evaluaciones y resultados del Sistema Único de
Beneficiarios (SIUBEN)”, manifestó
Recordó
la resolución No. 422-04 del 2017, la cual dispone la afiliación de los
pensionados y jubilados que reciben su pensión a través de la Dirección General
de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda cuyas pensiones tienen
montos inferiores al Salario Mínimo Nacional, y que no cuentan con la cobertura
del Plan Básico de Salud (PBS) del Seguro Familiar de Salud (SFS).
En
tanto resaltó la resolución No. 484-01 del CNSS que aprobó el otorgamiento de
Pensiones Solidarias a personas con discapacidad severa, y otros grupos en
condiciones de vulnerabilidad.
Detalló
que la resolución No. 482-07 del CNSS incluyó el suministro de sillas de
ruedas, cojín anti escaras y coches especializados para las personas con
discapacidad permanente que así lo requieran y no tengan cobertura por el
Seguro de Riesgos Laborales (SRL).
“Todavía
tenemos logros pendientes que alcanzar con la finalidad de mejorar la calidad
de vida de las personas con discapacidad al tiempo que se requiere concientizar
a la población sobre los derechos y las barreras que deben romperse para la
inclusión en la sociedad”, expresó, Aracena Vargas.
El
Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), a propósito de conmemorarse este 3
de diciembre el Día Nacional e Internacional de las Personas con Discapacidad,
resalta las resoluciones emitidas a favor de este sector de la sociedad.
“La discapacidad es una condición priorizada en la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, por ende, el Consejo como órgano rector del Sistema siempre ha procurado ofrecer protección a dicha población, así lo evidencian sus resoluciones”, expresó el gerente general del CNSS, Félix Aracena Vargas.
El
funcionario detalló que la protección del Sistema a la discapacidad está
enmarcada entre los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS), que incluyen
el Plan de Servicios de Salud (PDSS) y subsidios económicos en los casos de
discapacidad temporal de origen no laboral.
Aracena
Vargas, recordó que cubre asimismo subsidios por discapacidad temporal,
indemnizaciones y pensión por discapacidad permanente a través del Seguro de
Riesgos Laborales. Y pensión por discapacidad de origen no laboral a través del
Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.
Dijo
que el Consejo ha establecido medidas a favor de las personas con discapacidad,
entre las cuales está la resolución No.212-02 que aprobó la inclusión de forma
directa a los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen
Subsidiado a las personas de bajos ingresos con discapacidad.
“Esta
medida permite que personas con discapacidad puedan acceder de forma inmediata
a los servicios a través de la afiliación al Seguro Nacional de Salud (SENASA),
sin necesidad de esperar las evaluaciones y resultados del Sistema Único de
Beneficiarios (SIUBEN)”, manifestó
Recordó
la resolución No. 422-04 del 2017, la cual dispone la afiliación de los
pensionados y jubilados que reciben su pensión a través de la Dirección General
de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda cuyas pensiones tienen
montos inferiores al Salario Mínimo Nacional, y que no cuentan con la cobertura
del Plan Básico de Salud (PBS) del Seguro Familiar de Salud (SFS).
En
tanto resaltó la resolución No. 484-01 del CNSS que aprobó el otorgamiento de
Pensiones Solidarias a personas con discapacidad severa, y otros grupos en
condiciones de vulnerabilidad.
Detalló
que la resolución No. 482-07 del CNSS incluyó el suministro de sillas de
ruedas, cojín anti escaras y coches especializados para las personas con
discapacidad permanente que así lo requieran y no tengan cobertura por el
Seguro de Riesgos Laborales (SRL).
“Todavía
tenemos logros pendientes que alcanzar con la finalidad de mejorar la calidad
de vida de las personas con discapacidad al tiempo que se requiere concientizar
a la población sobre los derechos y las barreras que deben romperse para la inclusión
en la sociedad”, expresó, Aracena Vargas.
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