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miércoles, 2 de diciembre de 2020

La seguridad social en RD prioriza a las personas con discapacidad

Noticias SC     23:51  No comments

Republica Dominicana.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), a propósito de conmemorarse este 3 de diciembre el Día Nacional e Internacional de las Personas con Discapacidad, resalta las resoluciones emitidas a favor de este sector de la sociedad.

 

“La discapacidad es una condición priorizada en la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, por ende, el Consejo como órgano rector del Sistema siempre ha procurado ofrecer protección a dicha población, así lo evidencian sus resoluciones”, expresó el gerente general del CNSS, Félix Aracena Vargas.

 

El funcionario detalló que la protección del Sistema a la discapacidad está enmarcada entre los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS), que incluyen el Plan de Servicios de Salud (PDSS) y subsidios económicos en los casos de discapacidad temporal de origen no laboral.

 

Aracena Vargas, recordó que cubre asimismo subsidios por discapacidad temporal, indemnizaciones y pensión por discapacidad permanente a través del Seguro de Riesgos Laborales. Y pensión por discapacidad de origen no laboral a través del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia. 

 

Dijo que el Consejo ha establecido medidas a favor de las personas con discapacidad, entre las cuales está la resolución No.212-02 que aprobó la inclusión de forma directa a los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Subsidiado a las personas de bajos ingresos con discapacidad. 

 

“Esta medida permite que personas con discapacidad puedan acceder de forma inmediata a los servicios a través de la afiliación al Seguro Nacional de Salud (SENASA), sin necesidad de esperar las evaluaciones y resultados del Sistema Único de Beneficiarios (SIUBEN)”, manifestó

 

Recordó la resolución No. 422-04 del 2017, la cual dispone la afiliación de los pensionados y jubilados que reciben su pensión a través de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda cuyas pensiones tienen montos inferiores al Salario Mínimo Nacional, y que no cuentan con la cobertura del Plan Básico de Salud (PBS) del Seguro Familiar de Salud (SFS). 

 

En tanto resaltó la resolución No. 484-01 del CNSS que aprobó el otorgamiento de Pensiones Solidarias a personas con discapacidad severa, y otros grupos en condiciones de vulnerabilidad. 

 

Detalló que la resolución No. 482-07 del CNSS incluyó el suministro de sillas de ruedas, cojín anti escaras y coches especializados para las personas con discapacidad permanente que así lo requieran y no tengan cobertura por el Seguro de Riesgos Laborales (SRL).

 

“Todavía tenemos logros pendientes que alcanzar con la finalidad de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad al tiempo que se requiere concientizar a la población sobre los derechos y las barreras que deben romperse para la inclusión en la sociedad”, expresó, Aracena Vargas.

 

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), a propósito de conmemorarse este 3 de diciembre el Día Nacional e Internacional de las Personas con Discapacidad, resalta las resoluciones emitidas a favor de este sector de la sociedad.

 

“La discapacidad es una condición priorizada en la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, por ende, el Consejo como órgano rector del Sistema siempre ha procurado ofrecer protección a dicha población, así lo evidencian sus resoluciones”, expresó el gerente general del CNSS, Félix Aracena Vargas.


El funcionario detalló que la protección del Sistema a la discapacidad está enmarcada entre los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS), que incluyen el Plan de Servicios de Salud (PDSS) y subsidios económicos en los casos de discapacidad temporal de origen no laboral.

 

Aracena Vargas, recordó que cubre asimismo subsidios por discapacidad temporal, indemnizaciones y pensión por discapacidad permanente a través del Seguro de Riesgos Laborales. Y pensión por discapacidad de origen no laboral a través del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia. 

 

Dijo que el Consejo ha establecido medidas a favor de las personas con discapacidad, entre las cuales está la resolución No.212-02 que aprobó la inclusión de forma directa a los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Subsidiado a las personas de bajos ingresos con discapacidad.

 

“Esta medida permite que personas con discapacidad puedan acceder de forma inmediata a los servicios a través de la afiliación al Seguro Nacional de Salud (SENASA), sin necesidad de esperar las evaluaciones y resultados del Sistema Único de Beneficiarios (SIUBEN)”, manifestó

 

Recordó la resolución No. 422-04 del 2017, la cual dispone la afiliación de los pensionados y jubilados que reciben su pensión a través de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda cuyas pensiones tienen montos inferiores al Salario Mínimo Nacional, y que no cuentan con la cobertura del Plan Básico de Salud (PBS) del Seguro Familiar de Salud (SFS). 

 

En tanto resaltó la resolución No. 484-01 del CNSS que aprobó el otorgamiento de Pensiones Solidarias a personas con discapacidad severa, y otros grupos en condiciones de vulnerabilidad. 

 

Detalló que la resolución No. 482-07 del CNSS incluyó el suministro de sillas de ruedas, cojín anti escaras y coches especializados para las personas con discapacidad permanente que así lo requieran y no tengan cobertura por el Seguro de Riesgos Laborales (SRL).


“Todavía tenemos logros pendientes que alcanzar con la finalidad de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad al tiempo que se requiere concientizar a la población sobre los derechos y las barreras que deben romperse para la inclusión en la sociedad”, expresó, Aracena Vargas.  

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